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 Léxico básico


Gandhi"La verdadera fuente del derecho es el deber. Si todos cumplimos nuestros deberes, el respeto de nuestros derechos será fácil de obtener. Si, siendo negligentes en nuestros deberes, reivindicamos nuestros derechos, se nos escaparán." GHANDI

"Como cada derecho se apoya en un deber, y en un medio para resistir a los ataques dirigidos contra ese derecho, es suficiente encontrar cuales son los deberes que nos incumben y los medios de que disponemos para asegurar la igualdad fundamental elemental." GANDHI


dot Carta de Derechos Humanos: Conjunto de instrumentos jurídicos que comprende la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional relativo a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional relativo a los Derechos Civiles y Políticos y los dos protocolos.

dot Convención: Acuerdo establecido entre Estados, sinónimo de Tratado. Tiene fuerza jurídica vinculante para los Estados que lo hayan ratificado.

dot Costumbre: Hábito, modo habitual de obrar o proceder establecido por tradición o por la repetición de los mismos actos y que puede llegar a adquirir fuerza de precepto.

dot Costumbre internacional: Ley no escrita, considerada como vinculante por su uso y puesta en práctica a través del tiempo, fuente de la ley internacional.

dot Declaración: Documento en el cual, los firmantes, legítimos representantes de los gobiernos, expresan su acuerdo sobre puntos, objetivos y principios. El contenido de una declaración constituye una obligación moral, si bien no, strictu sensu, legal.

dot Democracia: Forma de gobierno basada en el respeto de todos los derechos humanos, que generaliza el diálogo en todos los órganos de la sociedad civil y que requiere la participación del pueblo. Sistema político caracterizado, inter alia, por la independencia y separación de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como por la celebración de elecciones libres. Numerosos derechos civiles, tales como el derecho de asociación, de reunión o de prensa, son indispensables para la realización completa de los derechos políticos, que son el fundamento de la democracia.Top

dot Dignidad: Ser digno significa ser capaz por uno mismo para realizarse en las propias opciones y ser reconocido como un sujeto libre. La dignidad es inherente en la persona, en el sentido de que es el fundamento mismo de la integridad de la persona humana y la fuente de donde emanan todos los derechos humanos.

dot Derecho: 1) Conjunto de normas obligatorias o de prohibiciones que determinan las relaciones sociales. Subdividido en derecho Natural y Derecho positivo.
2) Tener un/os derecho/s. lo que es exigible en virtud del Derecho Positivo (ej. derecho a la propriedad privada) o del Derecho Natural (ej. Derecho a la vida).

dot Derecho humano: Derecho inalienable e inherente que, por el mero hecho de ser hombres, poseen todos los seres humanos.

dot Estado: Conjunto de órganos políticos, jurídicos y administrativos que dirigen una sociedad. Nación o conjunto de naciones organizadas por un gobierno y unas leyes comunes.

dot Etica: Ciencia de las reglas de la conducta humana en tanto que ella está sometida al deber y tiene como fin el bien.

dot Imperio de la Ley: Premisa por la cual un estado garantiza los derechos del individuo mediante la Ley, de acuerdo con la dignidad del hombre.

dot Instrumento internacional: Término genérico utilizado en las declaraciones y convenciones internacionales.

dot Libertades Públicas: Libertades garantizadas y protegidas por el Estado.

dot Ley: Acto de la autoridad que regula, ordena, permite o prohibe.Top

dot Pacto: Término sinónimo de Tratado, Convención, Acuerdo entre Estados.

dot Persona: Se denomina persona al yo consciente y libre que es, en consecuencia, sujeto de derechos.

dot Procedimiento contencioso: Procedimiento mediante el cual se puede acudir a los tribunales. En el Derecho Internacional de los derechos humanos un procedimiento ha de ser justo (de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley) y público (nunca secreto o privado).

dot Ratificación: Aprobación de un Tratado, de una Convención, por los órganos competentes del Estado.

dot Recomendación: Texto internacional en principio desprovisto de fuerza internacional.

dot Relator especial: Experto independiente encargado de investigar las violaciones de los Derechos Humanos en un país o área específica (relator temático).

dot Reserva: Declaración unilateral de un Estado que no desea cumplir todos los artículos o secciones de un tratado o convención internacional. Aparece al final del instrumento.

dot Resolución: Texto votado por un organismo deliberante, un organismo internacional; por ejemplo, la Asamblea General de la ONU o la Conferencia General de la UNESCO.

dot Tratado: Acuerdo o convención escrita entre dos – Tratado bilateral – o varios gobiernos – Tratado multilateral.

dot Universalidad: Los derechos humanos se predican universales, es decir, que afectan a todo hombre, a todo pueblo, en cualquier lugar. Constituyen un patrimonio común de la humanidad. Cada cultura debe aportar sus riquezas no para relativizar lo ya adquirido, sino para añadir una nueva comprensión de lo humano.

 
Fuentes
: Petit Robert / Vocabulaire philosophique, A. Cuvillier / Manuel pour l'éducation aux droits de l'homme, UNESCO / Activités de l'ONU, dans le domaine des droits de l'homme, Nations unies / Dictionary of international human rights law, John S. Gibson / P. Meyer-Bisch,Top Manuel pour l'éducation aux droits de l'homme (pro-manuscripto).